Hablando de Infancia y Adolescencia: Especial reforma educativa. Primera quincena de diciembre 2012



Se ha dicho……

















…el GSIA opina

Esta quincena queremos reflexionar sobre un tema que semana tras semanas se pincela en las noticias que recogemos sobre infancia y adolescencia: la reforma educativa.
Desde la sociología de la infancia y el enfoque de derechos, muchas son las críticas a realizar a una reforma que parte de premisas altamente materialistas, relegando a un casi inexistente plano a la persona y su desarrollo.

Las reacciones en contra de esta reforma proceden de diferentes ámbitos institucionales (como los gobiernos autonómicos) o sociales. Así, las movilizaciones han sido constantes en torno al tema de la educación desde hace meses. La denominada “marea verde” ha visibilizado a los colectivos opuestos a los constantes recortes y a la reforma en sí. Entre estos movimientos no falta la presencia de los propios niños, niñas, y adolescentes, bien como acompañantes de sus padres o profesores (especialmente los más pequeños) o bien como organizadores de sus propios actos de reivindicación o protesta. Sin embargo, en el debate sobre la reforma ellos son los que están teniendo un menor protagonismo, pese a ser los principales afectados por la misma.
Nuestro enfoque parte de este hecho. Para analizar las consecuencias de una reforma de este tipo, es imprescindible resaltar que el derecho fundamental que está en juego, no es propio ni de los padres y madres, ni de doctrinas religiosas, ni (y esto lo diremos más alto) de los intereses del mercado; sino que es un derecho de los niños y niñas.
La Convención de los Derechos del Niño de 1989, ratificada por España, añade como señala Verheyde (2006) una “nueva dimensión” al derecho Internacional de la Educación, al centrarse en el niño/a, tanto bajo la perspectiva de la protección como bajo la perspectiva de autonomización, omitiendo la referencia al tradicionalmente reconocido derecho de los padres al respeto de sus convicciones religiosas y filosóficas en la educación de sus hijos/as.
Así mismo, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su Comentario General 11 (E7C.12/1999/4) calificaba este derecho como de vital importancia, clasificándolo como derecho económico, social y cultural, pero también como un derecho civil y político, ya que se sitúa en el centro de la realización plena y eficaz de esos derechos. Así, el derecho a la educación es el epítome de la indivisibilidad y la interdependencia de todos los derechos humanos.
Ahora sí, una vez que queda claro a quién pertenece este derecho (aunque existan actores implicados a tener en consideración, pues se ven igualmente afectados de forma directa,  como son los profesores y profesoras y demás personal del sistema escolar) podemos empezar a valorar las consecuencias de la reforma educativa teniendo esta razón en cuenta.
La reforma educativa no esconde sus intenciones. Basta con leer el primer párrafo de la exposición de motivos del proyecto de ley para hacerse consciente de ellas: “La educación es el motor que promueve la competitividad de la economía y las cotas de prosperidad de un país; su nivel educativo determina su capacidad de competir con éxito en la arena internacional y de afrontar los desafíos que se planteen en el futuro. Mejorar el nivel de los ciudadanos en el ámbito educativo supone abrirles las puertas a puestos de trabajo de alta cualificación, lo que representa una apuesta por el crecimiento económico y por conseguir ventajas competitivas en el mercado global”.
Desechados quedan los postulados de la CDN, o el significado profundo del concepto de educación universal. No se trata de apoyar el desarrollo de la personalidad, las aptitudes y capacidades físicas y mentales del niño/a, ni de inculcar el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, ni mucho menos desarrollar el sentido crítico de los alumnos y alumnas para asumir una vida responsable en una sociedad libre, sino de capacitar a agentes económicos para satisfacer las necesidades de los mercados globales.
Cabe decir que, a tenor de lo que se recoge en los medios de comunicación, no faltan los sectores que se encuentran conformes con los términos de la reforma, que no son otros que aquellos a cuyos intereses específicos parece que responde la reforma en su conjunto. Este descenso a lo específico hace caer al texto en contradicciones graves algunas veces. Así cuando, en el artículo 39 declara, primero, que “En ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social” para a continuación establecer que “Lo dispuesto en el párrafo anterior no será obstáculo para que los centros de educación diferenciada por sexos puedan suscribir los conciertos a los que se refiere el artículo 116 de esta ley orgánica…”. ¿Desconocen los autores del proyecto de ley que los derechos fundamentales de la persona no admiten excepciones?  
Aparte de lo anterior, a pesar de que, desde la misma exposición de motivos se reitera y repite constantemente la orientación a resultados de la enseñanza, las medidas que se diseñan para ello son al menos de dudosa eficacia para este fin. Más bien puede leerse todo el proyecto como un instrumento para alterar sustancialmente las bases de una educación orientada por valores como la igualdad entre las personas y el respeto a los derechos humanos, esto es, tal como se ha entendido hasta el momento, una educación universal, gratuita y laica.
Por el contrario, puede decirse que las modificaciones que el proyecto de ley de reforma educativa propone sobre la norma vigente tienen una orientación: segregadora (por clase social y etnia al rebajar la comprehensividad a los 14 años de edad, por estimular a los centros a especializarse curricularmente –centros bilingües, de excelencia, por sexo–, por no asegurar la primera infancia como educadora sino asistencial, por recurrir al concepto de talento tras justificaciones biologicistas, sin tener en cuenta el condicionamiento social de los sectores más desfavorecidos), acrítica, porque elimina del currículum todos los temas conflictivos (no se busca el pensamiento y el juicio independiente de las personas ni la comprensión de lo que les rodea), recentralizadora (no se atiende a la pluralidad, a los derechos culturales de los pueblos, ni a la interculturalidad), y sobre todo materialista, poniendo los objetivos de la educación al servicio de las reglas del mercado.
Desde nuestra perspectiva de Asociación por la defensa de los derechos de los niños desde el conocimiento sociológico, nos preguntamos si no es ya hora de escuchar lo que ellos mismos tienen que decir sobre un derecho que les pertenece y asimismo de respetar su derecho a participar como interlocutores en un proceso de toma de decisiones que afecta sustancialmente a su propio presente y a su futuro y no al de aquellos que ahora imponen su posición de poder para decidir por ellos.

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